Articulo 4118 Libro cuart...sucesiones

Articulo 4118 Libro cuarto del Codigo civil de Cataluña, relativo a las sucesiones

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Artículo 411-8. Inexistencia de reservas y reversiones legales

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Los bienes adquiridos por título sucesorio o por donación de acuerdo con el presente código no están sujetos a ninguna reserva hereditaria ni reversión legal.

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  • Texto Original. Publicado el 17-07-2008 en vigor desde 01-01-2009