Articulo 4117 Libro cuart...sucesiones

Articulo 4117 Libro cuarto del Codigo civil de Cataluña, relativo a las sucesiones

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Artículo 411-7. Pactos sucesorios

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Son nulos los contratos o pactos sobre sucesión no abierta, salvo los admitidos por el presente código.

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  • Texto Original. Publicado el 17-07-2008 en vigor desde 01-01-2009