Articulo 4117 Decreto de Turismo de Cataluña
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»Artículo 411-7. Funciones del Consejo
Vigente
Las funciones principales del Consejo son las siguientes:
a) Aprobar el reglamento de funcionamiento de la Mesa del Turismo.
b) Impulsar, orientar y dirigir, si procede, los trabajos que desarrollen las comisiones sectoriales.
c) Aprobar las conclusiones y el resultado de los trabajos que desarrollen las comisiones sectoriales.
d) Asesorar en materia programación, planificación, estrategia, calidad e inteligencia en el ámbito del turismo en Cataluña.
e) Aprobar la creación, modificación y extinción de las comisiones sectoriales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-08-2020 en vigor desde 26-08-2020