Articulo 41 Vivienda de La Rioja
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»Artículo 41. Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Vigente
1. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja podrá llevar a cabo la gestión de determinadas competencias en materia de vivienda a través del Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
2. El Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A., tiene personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar, patrimonio propio y autonomía funcional para el ejercicio de suscompetencias.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-03-2007 en vigor desde 08-09-2007