Articulo 41 TR. de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo
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»Artículo 41. Vinculación del planeamiento.
Vigente
El Catálogo de Núcleos Rurales del Principado de Asturias será vinculante para el planeamiento urbanístico municipal, que no podrá alterar la clasificación ni calificación urbanística de los núcleos incluidos en el mismo, y sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2 del artículo 55 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, respecto del planeamiento urbanístico protector de los Bienes de Interés Cultural.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-04-2004 en vigor desde 28-04-2004