Articulo 41 TR de las dis...upuestario

Articulo 41 TR. de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 41.- Créditos de compromiso.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los créditos de compromiso del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma, de sus Organismos Autónomos Administrativos y de los Consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma se presentarán debidamente referenciados a los créditos de pago correspondientes a aquéllos, dentro de los programas en que dichos créditos de pago estén incluidos, y, del mismo modo, se clasificarán de acuerdo con la estructura contable a que se refieren los artículos 37 y 38 de la presente Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-06-2011 en vigor desde 18-07-2011