Articulo 41 Servicios de pago en el mercado interior -PSD2-
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»Artículo 41. Carga de la prueba en relación con los requisitos de información
Vigente
Los Estados miembros estipularán que corresponda al proveedor de servicios de pago demostrar que ha cumplido los requisitos en materia de información establecidos en el presente título.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-12-2015 en vigor desde 12-01-2016