Articulo 41 Sanidad animal
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Artículo 41. Definición y ayudas.

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1. Son agrupaciones de defensa sanitaria ganadera las asociaciones dotadas de personalidad jurídica propia, constituidas por ganaderos para la elevación del nivel sanitario-zootécnico de sus explotaciones mediante el establecimiento y ejecución de programas de profilaxis, lucha contra las enfermedades animales y mejora de sus condiciones higiénicas, que permitan mejorar el nivel productivo y sanitario de sus productos.

2. Cada agrupación de defensa sanitaria ganadera se considerará como una unidad tanto a efectos del desarrollo del programa sanitario como, en su caso, de las subvenciones públicas que pudieran corresponderle.

3. El reconocimiento de cada agrupación de defensa sanitaria ganadera corresponde al Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, conforme a los requisitos que se establezcan reglamentariamente.

4. Todas las agrupaciones que se reconozcan por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación se inscribirán en el Registro de Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera existente en dicho Departamento. Asimismo, se inscribirán en este Registro las modificaciones sustanciales y, en su caso, la extinción de las reconocidas.

5. Las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera, tras su reconocimiento, quedan obligadas a colaborar activamente en la organización, control y ejecución de las medidas sanitarias para la prevención y lucha contra las enfermedades animales, así como a realizar entre sus asociados las campañas de divulgación que se establezcan.

6. El incumplimiento de las condiciones determinantes del reconocimiento de las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera o del programa sanitario aprobado, podrá dar lugar, en su caso, a la extinción de su reconocimiento a los efectos de esta Ley Foral.

7. El Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación podrá conceder ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas reconocidas, dentro de las disponibilidades presupuestarias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-11-2000 en vigor desde 28-11-2000