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Articulo 41 Reglamento de Régimen Interior de la CNMV

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Artículo 41. Normas de aplicación general.

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Los procedimientos que instruya o tramite la CNMV, en el ejercicio de las funciones públicas que le corresponden, se acomodarán a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a las disposiciones complementarias que resulten de aplicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2019 en vigor desde 29-12-2019