Articulo 41 Presupuestos 2014 Catalunya

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Artículo 41. Información sobre endeudamientos y avales

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El consejero o consejera competente en materia de presupuestos debe remitir trimestralmente a la Comisión de Economía, Finanzas y Presupuesto del Parlamento una memoria explicativa sobre la concesión de avales y préstamos realizados por el Instituto Catalán de Finanzas.

Dicha memoria debe incluir las características y el volumen de las operaciones realizadas, su incidencia sectorial y territorial y los resultados de la gestión.

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  • Texto Original. Publicado el 30-01-2014 en vigor desde 31-01-2014