Articulo 41 Personal estatutario de Instituciones Sanitarias
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Articulo 41 Personal estatutario de Instituciones Sanitarias

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Artículo 41. Resolución.

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1. La persona titular de la Consejería competente en materia de sanidad dictará las correspondientes resoluciones de los concursos de traslados, que serán publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria.

2. Los destinos obtenidos en el concurso de traslados serán irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté motivada por la obtención de plaza en virtud de la resolución de un procedimiento de movilidad voluntaria convocado por otra Administración Pública.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2010 en vigor desde 28-01-2011