Articulo 41 Ordenación del territorio de Andalucía -Derogada-
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»Artículo 41. Inversiones empresariales declaradas de interés estratégico para Andalucía. Procedimiento y efectos.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (41 (se deroga)) por Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, para el fomento de iniciativas económicas mediante la agilización y simplificación administrativas en la tramitación de proyectos y su declaración de interés estratégico para Andalucía, para la creación de una unidad aceleradora de proyectos de interés estratégico y por el que se modifica la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
(BOJA de 19-12-2019) en vigor desde 20-12-2019 - Modificación realizada (41 (se añade)) por Ley 4/2011, de 6 de junio, de medidas para potenciarinversiones empresariales de interés estratégico paraandalucía y de simplificación, agilizaciónadministrativa y mejora de la regulación de actividadeseconómicas en la Comunidad Autónoma deAndalucía.
(BOJA de 17-06-2011) en vigor desde 18-06-2011 - Artículo modificado por Decreto-Ley 7/2010, de 28 de diciembre, de medidas para potenciar inversiones empresariales de interés estratégico para Andalucía y de simplificación, agilización administrativa y mejora de la regulación de actividades económicas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
(BOJA de 31-12-2010) en vigor desde 01-01-2011