Articulo 41 Medidas fiscales y financieras
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»Artículo 41. Modificación del artículo 71 del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña.
Vigente
Se modifica el apartado 1 del artículo 71 del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2003, que queda redactado del siguiente modo:
«71.1 El tipo de gravamen general es de 0,1454 euros por metro cúbico.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-07-2011 en vigor desde 30-07-2011