Articulo 41 Medidas fisca...inancieras

Articulo 41 Medidas fiscales y financieras

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 41. Modificación del artículo 71 del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se modifica el apartado 1 del artículo 71 del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2003, que queda redactado del siguiente modo:

«71.1 El tipo de gravamen general es de 0,1454 euros por metro cúbico.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-07-2011 en vigor desde 30-07-2011