Articulo 41 Ley de tráfic...ridad vial

Articulo 41 Ley de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial

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Artículo 41. Normas generales.

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1. El conductor debe extremar la prudencia y reducir la velocidad al aproximarse a un paso a nivel o a un puente levadizo.

2. El usuario que al llegar a un paso a nivel o a un puente levadizo lo encuentre cerrado o con la barrera o semibarrera en movimiento, debe detenerse en el carril correspondiente hasta que tenga paso libre.

3. El cruce de la vía férrea debe realizarse sin demora y después de haberse cerciorado de que, por las circunstancias de la circulación o por otras causas, no existe riesgo de quedar inmovilizado dentro del paso.

4. Los pasos a nivel y puentes levadizos estarán debidamente señalizados por el titular de la vía.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-10-2015 en vigor desde 31-01-2016