Articulo 41 Hacienda Pública Canaria

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Artículo 41. Estructura de los presupuestos del sector público.

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La estructura de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus anexos se determinará, de acuerdo con lo establecido en esta Ley, por el departamento competente en materia de Hacienda teniendo en cuenta la organización del sector público, la naturaleza económica de los ingresos y de los gastos, las finalidades y objetivos que se pretenda conseguir y su distribución territorial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-12-2006 en vigor desde 01-01-2008