Articulo 41 Gobierno Valenciano
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»Artículo 34.
Vigente
Adoptarán la forma de Decreto del President:
1. Las disposiciones de carácter general que dicte en el ejercicio de sus competencias.
2. Los actos singulares cuando lo exija alguna disposición legal o reglamentaria o lo disponga el propio President, y en especial los referidos a ceses y nombramientos y asignación de funciones a los distintos Consellers.