Articulo 41 Electoral de La Mancha
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»Artículo 41.
Vigente
El escrutinio general se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 8/2022, de 4 de noviembre, de modificación de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla-La Mancha.
(DOCM de 11-11-2022) en vigor desde 12-11-2022