Articulo 41 Educación del País Vasco
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»Artículo 41.- Procedimiento de selección, acceso y cese de la dirección del centro y cargos que la integran.
Vigente
1.- El procedimiento de selección de la dirección del centro se realizará a través de un concurso de méritos específico, entre el profesorado funcionario de carrera que imparta alguna de las enseñanzas encomendadas al citado centro.
2.- La selección se realizará mediante un proceso en el que participe la comunidad educativa y la Administración educativa.
3.- El procedimiento selección de la dirección del centro educativo se regirá por los principios de igualdad, mérito y capacidad, y se regirá por los principios de publicidad y de transparencia.