Articulo 41 Derechos Culturales
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 41. Incentivos fiscales al mecenazgo cultural.
Vigente
La participación en los proyectos o actividades culturales que sean declarados o tengan la consideración de interés social de acuerdo con la normativa reguladora del mecenazgo cultural gozará de los incentivos fiscales establecidos en la legislación foral tributaria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-01-2019 en vigor desde 26-01-2019