Articulo 41 DECRETO2/2006,de10deenero,delGobiernodeAragon,porelqueseapruebaelReglamentodelaproduccion,posesionygestionderesiduosindustrialesnopeligrososydelregimenjuridicodelserviciopublicodeeliminacionderesiduosindustrialesnopeligrososnosusceptiblesdevalorizacionenlaComunidadAutonomadeAragon.
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 41.-Documento de aceptación.
Vigente
1. El documento de aceptación emitido por los gestores del servicio público de eliminación de residuos industriales no peligrosos deberá expresar la admisión de los residuos cuya entrega solicita el usuario del servicio público figurando la fechade admisión de los residuos y un número de orden de aceptación del residuo.
2. En caso de admisión de residuos que deban ser enviados por el usuario del servicio público solicitante periódica o parcialmente, figurará el mismo número de orden de aceptación en todos los envíos periódicos o parciales.