Articulo 41 Código del De... de Aragón

Articulo 41 Código del Derecho Foral de Aragón

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 41. Validez de los actos jurídicos de la persona con discapacidad.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La persona que no tiene la suficiente aptitud para ejercer por sí sola su capacidad jurídica respecto de un acto concreto puede realizarlo válidamente con las medidas de apoyo adecuadas conforme a lo establecido en este Código.