Articulo 41 ciencia

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Artículo 41. Objetivo

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1. El objetivo de los centros CERCA es la investigación científica con la voluntad de alcanzar el nivel de los centros internacionales que les son referentes.

2. Los centros CERCA deben llevar a cabo una actividad científica de un nivel de impacto comparable siempre, a nivel mundial, con los centros de excelencia que les son referentes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-12-2022 en vigor desde 12-01-2023