Artículo 41 bis Emprendim... económica

Artículo 41 bis Emprendimiento y competitividad económica

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 41 bis. Actividades exentas de declaración responsable, licencia municipal y autorización autonómica

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. No obstante lo dispuesto en los artículos anteriores y salvo que las ordenanzas municipales, en supuestos excepcionales expresamente justificados, establezcan un régimen de declaración responsable, quedan exentos de declaración responsable, licencia y autorización autonómica, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos que sean de aplicación:

a) La apertura de establecimientos abiertos al público que sean de titularidad del propio ayuntamiento.

b) Los espectáculos públicos y actividades recreativas organizados por los ayuntamientos con motivo de fiestas y verbenas populares, con independencia de la titularidad del establecimiento o espacio abierto al público donde se lleven a cabo.

2. Las ordenanzas municipales podrán establecer justificadamente supuestos concretos de espectáculos públicos y actividades recreativas exceptuados del régimen de declaración responsable cuando por su escasa entidad o incidencia no fuese precisa la indicada declaración para la protección del orden público, seguridad pública, salud pública y medio ambiente.

Modificaciones