Articulo 41 Arancel de derechos de los procuradores de los tribunales
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»Artículo 41. Sustracción de documentos de crédito.
Vigente
En los expedientes sobre denuncia de sustracción, extravío o destrucción de documentos de crédito y efectos al portador, se devengarán 37,15 euros, y se duplicará la percepción en caso de oposición a la denuncia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-11-2003 en vigor desde 21-11-2003