Articulo 41 el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria
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Artículo 41. Documentación de los proyectos de construcción, ampliación y reforma de cementerios.

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1. Los expedientes de construcción y ampliación de cementerios deberán incluir la siguiente documentación:

  1. Informe emitido por el Ayuntamiento, en el que conste que el emplazamiento que se pretende es el previsto en el planeamiento urbanístico vigente.

  2. Informe geológico, emitido por técnico competente, en el que se detallen las principales características del terreno en relación con los fines a los que se dedica, su permeabilidad y la profundidad de la capa freática, acreditando que no existe riesgo de contaminación de acuíferos susceptibles de suministro de agua a la población.

  3. Proyecto, que contendrá planos urbanísticos de situación y memoria descriptiva en la que se indique:

    • La extensión y capacidad previstas.

    • La distancia mínima, en línea recta, de la zona de población más próxima y de la prevista en la figura de planeamiento urbanístico vigente.

    • Distribución de los distintos servicios, recintos, edificios y jardines.

    • Clase de obra y materiales que se han de emplear en los muros de cerramiento y en las edificaciones.

2. Los expedientes de reforma de cementerios y los de ampliación que no supongan aumento de superficie deberán incluir la misma documentación, excepto el estudio geológico y el informe urbanístico.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-05-2001 en vigor desde 04-05-2001