Articulo 40 Transparencia... de Murcia

Articulo 40 Transparencia y Participación Ciudadana de Murcia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 40. Fomento de iniciativas de interoperabilidad.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


De acuerdo con lo señalado en la letra g) del artículo 3, la Administración pública de la Región de Murcia fomentará la interoperabilidad de la información entre administraciones públicas, instituciones y entidades sujetas a esta ley, propiciando iniciativas conjuntas de intercambio y homogeneización de información entre las entidades e instituciones incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley.