Articulo 40 Transparencia y Participación Ciudadana de Murcia
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»Artículo 40. Fomento de iniciativas de interoperabilidad.
Vigente
De acuerdo con lo señalado en la letra g) del artículo 3, la Administración pública de la Región de Murcia fomentará la interoperabilidad de la información entre administraciones públicas, instituciones y entidades sujetas a esta ley, propiciando iniciativas conjuntas de intercambio y homogeneización de información entre las entidades e instituciones incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 7/2016, de 18 de mayo, de Reforma de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
(BORM de 20-05-2016) en vigor desde 21-05-2016