Articulo 40 Servicios sociales de Navarra
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»Artículo 40. Principios de la organización territorial.
Vigente
Los servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra se organizarán territorialmente de acuerdo con los siguientes principios:
a) Descentralización.
b) Proximidad a la ciudadanía.
c) Eficacia en la satisfacción de las necesidades sociales.
d) Equilibrio y homogeneidad territorial.
e) Accesibilidad a la información y a los servicios.
f) Coordinación y trabajo en red.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-12-2006 en vigor desde 20-03-2007