Articulo 40 Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
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»Artículo 40. Plazos de presentación de la autoliquidación.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (40 (se deroga)) por Norma Foral 2/2022, de 10 de marzo, del lmpuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
(BOG de 17-03-2022) en vigor desde 17-04-2022 - Artículo modificado por Decreto Foral 11/2021, de 29 de septiembre, por el que se modifican los reglamentos del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, del impuesto sobre sucesiones y donaciones, y del impuesto sobre sociedades.
(BOG de 04-10-2021) en vigor desde 05-10-2021