Articulo 40 Régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con hab...de carácter nacional
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Articulo 40 Régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional

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Artículo 40. Coordinación y formalización de nombramientos.

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1. La resolución del concurso, comprensiva de la totalidad de los candidatos no excluidos, según su orden de puntuación, se remitirá por la Corporación al Ministerio de Hacienda y Función Pública dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Transcurrido el plazo a que se refiere el apartado anterior, el Ministerio de Hacienda y Función Pública procederá a efectuar la coordinación de las resoluciones coincidentes, en atención al orden de preferencia formulado por los interesados, para evitar la pluralidad simultánea de adjudicaciones a favor de un mismo concursante y formalizará, en el plazo de un mes, los nombramientos procedentes, con publicación en el «Boletín Oficial del Estado».