Articulo 40 Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas, de Transportes y de la Comunicación
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»Artículo 40. Establecimientos de alimentación.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 14/2023, de 30 de marzo, de perros de asistencia en Aragón.
(BOA de 17-04-2023) en vigor desde 17-07-2023