Articulo 40 Presupuestos 2021 Galicia
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»Artículo 40. Otras operaciones financieras
Vigente
La formalización de cualquier operación de carácter financiero no referida en los artículos precedentes, como instrumentos de leasing, factoring y otros, por parte de los órganos de la Administración general y de cualquiera de las entidades públicas instrumentales habrá de contar con la correspondiente autorización de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la dirección general competente en materia de política financiera.