Articulo 40 Presupuestos 2011 Navarra

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Artículo 40. Partidas presupuestarias destinadas a inversiones del Plan Navarra 2012 y Medidas Anticrisis.

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1. Entre las partidas presupuestarias destinadas a financiar el Plan Navarra 2012 y entre las partidas presupuestarias destinadas a financiar las Medidas Anticrisis o aquellas que fuera necesario habilitar en ambos casos, podrán realizarse movimientos de fondos, no estando sujetos a las limitaciones establecidas en los artículos 38 y 44 a 50 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.

2. Las partidas del apartado anterior no podrán ser objeto de ajuste ni de modificación alguna, salvo que sea autorizado por el Consejero de Economía y Hacienda.

3. Como excepción al apartado anterior durante el año 2011 el Director General de Inspección y Servicios, del Departamento de Educación podrá autorizar movimientos de fondos que se realicen entre partidas correspondientes al Plan Navarra 2012 destinadas a la construcción y equipamientos de centros escolares e institutos de educación secundaria.