Articulo 40 Plan General de Ordenación Forestal
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Artículo 40. Acciones para la reducción de procesos y riesgos de la cubierta vegetal.

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La reducción de procesos y riesgos de la cubierta vegetal y ecosistema forestal requiere la adopción de medidas contra la desertificación y procesos erosivos, además de los contemplados en el artículo 44 de las presentes ordenanzas, relativos a la prevención de incendios forestales; para ello se deberá:

  1. Proteger el suelo con arbolado y/o matorral de alta cobertura mediante repoblaciones o ayudas a la regeneración, especialmente:

  2. a1 En terrenos con capacidad para albergar arbolado o matorral de alta cobertura aquellos que tengan arbolado ralo, matorrales regresivos o pastizales degradados siempre que estos no gocen de medidas específicas de protección como hábitat prioritarios.

    a2 En cabeceras de las cuencas hidrológicas

    a3 En los sistemas de ribera degradados.

    a4 En terrenos sometidos a altas tasas de erosión o en riesgo de desertificación.

    a5 En terrenos afectados por incendios forestales en que no sea presumible la regeneración natural de las especies afectadas por el fuego.

  3. Proteger y regular los ciclos hidrológicos y los suelos, además de los medidas contenidas en el apartado anterior mediante:

  4. b1 Hidrotecnias adecuadas

    b2 Estabilización y protección de las laderas

  5. Mantener y mejorar el estado de salud de los bosques valencianos con medidas de control fitosanitarias mediante métodos de tratamiento integrado potenciando los métodos de carácter biológico.