Articulo 40 Ordenación del territorio de Andalucía -Derogada-
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»Artículo 40. Campos de golf de interés turístico.
Vigente
(SUPRIMIDO)
Modificaciones
- Artículo modificado por Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía.
(BOJA de 12-03-2020) en vigor desde 13-03-2020