Articulo 40 Normas para e...refugiados

Articulo 40 Normas para el reconocimiento de refugiados

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 40. Destinatarios

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros, de conformidad con el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 29 de abril de 2004.

Por el Consejo El Presidente

M. McDOWELL