Articulo 40 Normas para l... y precios

Articulo 40 Normas para la aplicación de las tasas y precios

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Artículo 40. Normativa aplicable.

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En todo lo que se refiera al recurso de reposición será de aplicación lo dispuesto en la Ley general tributaria y su normativa de desarrollo, en su caso.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-04-2005 en vigor desde 04-05-2005