Articulo 40 Memoria histórica y democrática de Extremadura
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»Artículo 40. Derecho de acceso a los documentos.
Vigente
Se garantiza el derecho de acceso a los documentos de la Memoria Histórica y Democrática de Extremadura constitutivos del Patrimonio Documental de Extremadura de conformidad con la regulación establecida en la ley, y demás normativa vigente que sea de aplicación.