Articulo 40 Medidas Economicas, Fiscales y Administrativas 2004 C León
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Articulo 40 Medidas Economicas, Fiscales y Administrativas 2004 C. León

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Artículo 40. Modificación del apartado 3 del artículo 166.

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Se modifica el apartado 3 del artículo 166 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, que queda redactado de la siguiente forma:

«3) Establecimientos sanitarios farmacéuticos:

a) Por la autorización de oficinas de farmacia y botiquines, servicios de farmacia hospitalaria, almacenes de medicamentos y depósitos de medicamentos:

Oficina de farmacia: 87,05 euros.

Botiquines: 45,15 euros.

Servicio de Farmacia Hospitalaria: 118 euros.

Almacenes de Medicamentos: 103,55 euros.

Depósitos de Medicamentos: 54,75 euros.

b) Por la autorización de traslado o modificación de oficina de farmacia:

Traslado oficina de farmacia: 87,05 euros.

Modificación oficina de farmacia: 87,05 euros.

c) Por la autorización de transmisión de oficina de farmacia: 87,05 euros.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2004 en vigor desde 01-01-2005