Articulo 40 Juventud de La Rioja
Artículo 40. Carné Joven Europeo.
1. El Programa Carné Joven Europeo en La Rioja se configura como un servicio de la política juvenil para responder a las necesidades y deseos de las personas jóvenes, ofreciéndoles un acceso privilegiado a la información, servicios y beneficios en áreas tales como movilidad, educación, transporte, alojamiento, actividades de ocio, cultura y otras áreas que coadyuven a favorecer su desarrollo, su interés en la participación e información, así como la movilidad geográfica e intelectual, para empoderar su vida diaria y ayudarles a estar informados y a la adopción de elecciones responsables como ciudadanos europeos.
2. La gestión del programa corresponde, en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a la dirección general competente en materia de juventud del Gobierno de La Rioja, que lo realizara en el marco de las instrucciones y reglamentación que disponga la Asociación Europea del Carné Joven (EYCA), bien directamente, bien a través de convenios de colaboración con entidades públicas o privadas que permitan optimizar dicha gestión y potenciar los beneficios entre las personas jóvenes riojanas.