Articulo 40 IRPF Gipuzkoa
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»Artículo 40. Concepto.
Vigente
Son ganancias y pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél, salvo que por esta Norma Foral se califiquen como rendimientos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-01-2014 en vigor desde 22-01-2014