Articulo 40 Información geográfica e Institut Cartogràfic Valencià
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»Artículo 40. Interoperabilidad
Vigente
1. La infraestructura de datos espaciales valenciana cumplirá con las especificaciones tecnológicas que se determinen a nivel estatal e internacional para asegurar la interoperabilidad de los diferentes servicios y aplicaciones cartográficas que la integran, y entre estos y los usuarios externos.
2. La infraestructura de datos espaciales valenciana se conectará telemáticamente con las restantes infraestructuras de datos espaciales de ámbito local, estatal o europeo que contengan información geográfica sobre el territorio valenciano, conforme a las directrices estatales y europeas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-12-2020 en vigor desde 08-12-2020