Articulo 40 Impulso Demográfico

Articulo 40 Impulso Demográfico

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 40.-Atención a las personas mayores y al envejecimiento activo.

Vigente

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min


1. La Administración del Principado de Asturias promoverá la participación de las personas mayores en la sociedad de acuerdo con sus necesidades, expectativas y capacidades, favoreciendo su autonomía personal, a la vez que les proporcionará la atención, protección, seguridad y cuidados adecuados, desplegando aquellas acciones contempladas en el Plan Sociosanitario del Principado de Asturias, la Estrategia de Envejecimiento Activo y la Estrategia para la Transformación del Modelo de Cuidados de Larga Duración para Personas Adultas del Principado de Asturias, o en otros instrumentos de planificación, realizadas de forma intersectorial, con la coordinación de diferentes órganos y con una perspectiva de igualdad y equidad.

2. Se aumentará la colaboración del Reference Site Asturias, o de otra iniciativa similar, y se desarrollarán acciones coordinadas que permitan mantener el reconocimiento de excelencia otorgado a Asturias por la Comisión Europea por facilitar a las personas mayores recursos y herramientas que contribuyan a la mejora de su bienestar a lo largo de todo el territorio.

3. Se fomentará la adhesión de todos los concejos asturianos a la Red Mundial de Ciudades y Comunidades Amigables con las Personas Mayores, promovida por la Organización Mundial de la Salud.

4. Se promoverá el desarrollo de las acciones de I+D+i de la Estrategia de Especialización Inteligente del Principado de Asturias, o en otro instrumento de planificación, relativa al ámbito de envejecimiento activo y saludable, impulsando de forma activa las líneas de desarrollo competitivo que, además de mejorar la calidad de vida de la población mayor asturiana, atraiga interés sobre el potencial del ecosistema industrial de este ámbito.

5. La Administración del Principado de Asturias, en colaboración con las entidades locales y otras entidades con finalidades similares, promocionará la atención a las personas mayores y el envejecimiento activo de la población a través de programas, medidas y actuaciones tendentes a:

a) Promover hábitos de vida saludables que redunden en el bienestar físico y psicosocial de las personas mayores.

b) Desarrollar itinerarios de acompañamiento digital para personas mayores, que reduzcan al máximo la brecha tecnológica y les permitan participar activamente de la sociedad digital.

c) Propiciar la participación de las personas mayores y el compromiso comunitario con su entorno como fórmula para aprovechar y transmitir sus conocimientos y poner en valor su experiencia.

d) Apoyar iniciativas intergeneracionales generadoras de espacios de interacción entre la infancia, la juventud y las personas mayores.

e) Asegurar la especial protección de las personas mayores en caso de situaciones epidemiológicas de carácter extraordinario, especialmente a través de la aprobación de protocolos específicos de actuación en los centros de servicios sociales, sanitarios y comunitarios.

f) Prevenir situaciones de maltrato en personas mayores, ampliando los mecanismos y circuitos de protección y la coordinación interinstitucional.

g) Fomentar la formación de las personas a lo largo de la vida, apoyando iniciativas como el Programa Universitario para Mayores de la Universidad de Oviedo (PUMUO) y otras iniciativas similares.

h) Impulsar modelos innovadores de convivencia y prestación de servicios para personas mayores que resulten sostenibles y generadores de valor, con especial atención a zonas rurales que puedan resultar menos atractivas para la inversión privada.

6. Las Administraciones del Principado de Asturias promoverán programas y acciones tendentes a aprovechar las oportunidades económicas y laborales generadas por el envejecimiento de la población, adoptando medidas de impulso a las empresas y profesionales que ofrezcan productos y servicios destinados a satisfacer las necesidades de la población de mayor edad.