Articulo 40 Igualdad efectiva entre mujeres y hombres
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»Artículo 40. Detección e Intervención contra la violencia en el ámbito educativo.
Vigente
1. En los casos de detección de situaciones de violencia de género desde los centros educativos, la Administración educativa cántabra se coordinará con los servicios sociales y con el sistema de asistencia y acogimiento a las víctimas de violencia de género del Gobierno de Cantabria.
2. La Administración educativa cántabra garantizará actuaciones de apoyo educativo para atender las necesidades que puedan presentar los/las menores víctimas de violencia de género por su exposición a la violencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-03-2019 en vigor desde 09-03-2019