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Articulo 40 Función pública de La Rioja -Derogada-

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Artículo 40. Situaciones de los funcionarios

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1. Los funcionarios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja pueden encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

a) Servicio activo.

b) Servicio en otras Administraciones Públicas.

c) Servicios especiales.

d) Suspensión de empleo.

e) Excedencia voluntaria.

f) Excedencia forzosa.

2. Los funcionarios interinos y el personal eventual sólo podrán encontrarse en la situación de servicio activo. No obstante, los funcionarios interinos podrán acceder a la situación de excedencia por cuidado de hijos o familiares y mantener la reserva de puesto de trabajo siempre que subsista la relación de la que trae causa.

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