Articulo 40 Estadística de Navarra

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Artículo 40. Infracciones.

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El incumplimiento de las obligaciones contenidas en la presente Ley Foral, así como en las normas que la complementen o desarrollen, constituyen infracción administrativa en materia de estadística en la Comunidad Foral de Navarra.

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  • Texto Original. Publicado el 11-07-1997 en vigor desde 31-07-1997