Articulo 40 Deporte de C León -Derogada-

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Artículo 40. Modalidades.

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A los efectos de esta Ley, los juegos y deportes autóctonos y tradicionales de la Comunidad de Castilla y León son la Lucha Leonesa, Calva, Tanga, Rana, Billar Romano, Barra Castellana, Bolo Leonés, Bolo Burgalés, Bolo Palentino, Bolo Ribereño, Bolo Tres Tablones, Corta de Troncos y aquellos otros que en el futuro sean reconocidos oficialmente por la Junta de Castilla y León.

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  • Texto Original. Publicado el 04-04-2003 en vigor desde 24-04-2003