Articulo 40 Cambio climático
Articulo 40 Cambio climático

Articulo 40 Cambio climático

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 40. Objeto y naturaleza

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica tiene por objeto gravar las emisiones de dióxido de carbono que producen estos vehículos y que inciden en el incremento de las emisiones de gases de efecto invernadero.

2. Este tributo tiene carácter finalista y debe nutrir a partes iguales el Fondo Climático y el Fondo de Patrimonio Natural.