Articulo 40 Aprovechamien...ón privada

Articulo 40 Aprovechamientos en montes o terrenos forestales de gestión privada

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Artículo 40. Objeto y alcance

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1. Este capítulo tiene por objeto la regulación de los aprovechamientos de corcho en montes o terrenos forestales de gestión privada poblados por especies de alcornoques que estén situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. En los montes o terrenos forestales de gestión privada, los aprovechamientos de corcho se realizarán de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 7/2012, y por su desarrollo en este capítulo, sin perjuicio de otras obligaciones impuestas en la normativa concurrente en la materia. Se procurará como objetivo final, además del propio aprovechamiento, la reducción al mínimo posible de los daños a los pies de los alcornoques.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-05-2020 en vigor desde 09-06-2020