Articulo 4 Vías pecuarias
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Artículo 4. Naturaleza jurídica.

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Las vías pecuarias son bienes de dominio público de la Comunidad Foral de Navarra y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-12-1997 en vigor desde 23-12-1997