Articulo 4 servicio de dirección en la plataforma aeroportuaria
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»Artículo 4. Normativa de aplicación supletoria.
Vigente
En lo no previsto en este real decreto respecto de la actuación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea será de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-09-2011 en vigor desde 01-10-2011